

Legal
Guía Jurídica para Cuidadores y Personas con Deterioro Cognitivo en Nuevo León
Por Nombre Apellido y Nombre Apellido
En este apartado podrás conocer las leyes vigentes en materia de Personas Adultas Mayores, Personas Cuidadoras y sus derechos.


Federal: Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores tiene como objeto garantizar el ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, establecer las bases y disposición para su cumplimiento mediante una política pública nacional, programas e instrumentos adoptados por la administración pública federal, de las entidades y municipios y el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM).
Principios de la Ley: Autonomía y autorrealización de las PAM.
¿Quienes son considerados como Personas Adultas Mayores?
Aquellas con 60 años o más de edad.
¿Cuáles son los tipos de violencia?
Violencia Psicológica: cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, puede presentarse en;
negligencia
abandono
descuido reiterado
insultos
humillaciones
devaluación
marginación
indiferencia
comparaciones destructivas
rechazo
restricción a la autodeterminación
amenazas
Violencia física: cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física, algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones.
Violencia Patrimonial: cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima;
transformación, sustracción, destrucción o retención de documentos, bienes, valores o recursos.
Violencia Económica: cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia económica de la víctima;
limitaciones que derivan en controlar el ingreso económico
salario menor por igual trabajo en un mismo centro laboral.
Violencia Sexual: cualquier acto u omisión que degrada o daña el cuerpo y/o sexualidad de la víctima.
¿Qué derechos tienen las personas adultas mayores?
Sobre los Derechos (Capítulo II)
Derecho a la dignidad: vida de calidad, libre de violencia y en un entorno seguro. Art. 5, fracc. I
Derecho a la certeza jurídica: trato digno y apoyo en procedimientos judiciales. Art. 5, fracc. II
Derecho de la protección de la salud, alimentación y familia: acceso preferente a servicios de salud y el derecho de las familias de recibir un apoyo subsidiario para el cuidado y atención de las personas adultas mayores. Art. 5, fracc. III
Derecho a la educación, al acceso al trabajo y a la asistencia social en caso de desempleo, discapacidad o pérdida de medios de subsistencia. Art. 5, fracc. IV, V y VI.
Derecho de participar, asociarse y denunciar. Art. 5, fracc. VII y VIII
Derecho de acceso preferente en establecimientos y servicios públicos y a información accesible. Art. 5, fracc. IX y X
¿Quién tiene responsabilidades hacia las personas adultas mayores? El Estado (gobierno) debe garantizar servicios y condiciones, la sociedad respetar e integrar y la familia brindar el cuidado, apoyo y protección de cualquier forma de violencia.
Estado:
Garantizar:
salud
educación
nutrición
vivienda
desarrollo integral
seguridad social
Sociedad
Promover el respeto a las PAM, reconocer su dignidad y evitar su discriminacion o marginación.
Favorecer su participación en la comunidad.
Familia - obligaciones de cuidado
responsabilidad directa y permanente sobre las PAM que la integran.
obligación de proporcionar alimentos, fomentar la convivencia, atender necesidades, evitar actos de violencia y discriminación.
Recursos
Recursos digitales que ofrece el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores
